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CONTEXTO
Las zonas rurales de la Comunidad se enfrentan a una serie de problemas
que pueden poner seriamente en peligro su futuro, como por ejemplo,
el envejecimiento de la población y el éxodo rural, que persisten
en algunas regiones, o la pérdida de empleos. No obstante, cabe señalar
que algunas regiones han reuelto con éxito tales dificultades, puesto
que han conseguido poner en marcha una dinámica territorial que revela
su capacidad para encontrar nuevas soluciones a los retos a los que
se enfrentan.
Leader I marcó el inicio de una nueva concepción de la política de
desarrollo rural basada en un enfoque territorial, integrado y participativo.
Leader II difundió el enfoque de Leader I, concediendo particular
importancia al carácter innovador de los proyectos. Las principales
aportaciones de la iniciativa Leader son los siguientes:
- Movilización de los agentes locales
para que procedan a una reflexión y se responsabilicen del futuro
de su territorio.
- Aplicación de un enfoque territorial
descentralizado e integrado basado en un proceso ascendente
- Apertura de la zonas rurales a otros
territorios, mediante el intercambio de experiencias gracias a la
constitución de redes
- Posibilidad de financiar operaciones
de pequeña envergadura cuando existan intermediarios administrativos,
técnicos y financieros dispuestos a brindar su apoyo a las personas
que presenten pequeños proyectos.
No obstante, en varios estados miembros la aplicación Leader II ha
topado con problemas como, por ejemplo, ciertos retrasos en la selección
de los beneficiarios, y, por consiguiente, en la puesta en marcha
de los programas, la precariedad de las asociaciones creadas debido
a una mala definición de funciones, la acumulación de procedimientos
diversos y una dispersión de los recursos financieros entre un número
muy elevado de grupos de acción local que han restado eficacia a las
intervenciones.
A pesar de estos problemas, la excelente imagen de que goza en general
la iniciativa Leader no se ha visto alterada, y se ha afianzado la
convicción de la necesidad de mantenerse en la línea adoptada en 1991
y perseverar en ella. Tal continuidad es tanto más deseable cuanto
que, en los próximos años, las zonas rurales deberán proceder a una
adaptación de su estructura sosioeconómica con objeto de dar respuesta
a los retos y limitaciones derivados, en particular:
- De los cambios que se han producido
en el sector agrario a raíz de la reforma de la política agrícola
común, y de las crecientes exigencias de los consumidores en materia
de calidad de los productos.
- De una toma de conciencia cada vez
más generalizada de los problemas medioambientales.
- De una integración cada vez mayor
de la economía mundial.
- De una aceleración en el empleo y
la difusión de las nuevas tecnologías.
En el caso de las zonas rurales, es cada vez más evidente que la creación
o el mantenimiento de productos y servicios competitivos y duraderos
sólo podrá conseguirse mediante la valorización de sus recursos específicos
a través de una actuación integrada en una estrategia territorial
oportuna y adecuada al contexto local.
Sin embargo, dicha actuación será mucho más eficaz si logra inscribirse
en una política comunitaria y en unas políticas nacionales y regionales
capaces de brindar el marco, los medios y el impulso necesarios para
que las zonas rurales y su población puedan aprovechar las oportunidades
de desarrollo y convertirlas posteriormente en proyectos concretos
gracias a los medios y mecanismos adecuados.
El nuevo Reglamento (CE) nº 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo
de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo
de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican
y derogan determinados Reglamentos ( 1 ) incluye una amplia gama de
medidas destinadas a ayudar a las zonas rurales a aplicar una política
que no se limite a reforzar la competitividad del sector agrario,
sino que impulse asimismo el desarrollo de nuevas actividades y fuentes
de empleo a fin de que las zonas rurales sigan formando un tejido
económico y social dinámico y saneado.
Desde esta perspectiva, la política de desarrollo rural se convierte
en el segundo pilar de la política agrícola común y sigue constituyendo
un elemento importante de la política de cohesión económica y social.
No obstante, por sí solos, los grandes programas aplicados en virtud
del Reglamento (CE) nº 1257/1999 y de los Reglamentos sobre los
Fondos Estructurales difícilmente pueden resolver todos los problemas
de las comunidades rurales, dado el alcance local de éstos y la necesidad
de tener más en cuenta las iniciativas de la población local. |
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