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Estrategias
territoriales de desarrollo rural, integradas, de carácter piloto.
El Capítulo 1 apoyará a los territorios que demuestren capacidad y
voluntad para crear y aplicar una estrategia de desarrollo, integrada,
sostenible y con carácter piloto, cuya existencia quedará probada
mediante la presentación de un plan de desarrollo; dicha estrategia
se basará en una cooperación representativa y se articulará en torno
a un aspecto predominante que resulte característico de la identidad
de un territorio.
Cada Estado miembro deberá precisar, en función de la situación específica
de sus zonas rurales, los criterios que permitirán seleccionar mediante
licitación los planes de desarrollo elaborados por la grupos de acción
local, te- niendo en cuenta los siguientes elementos:
- Territorios afectados
- Estrategia de desarrollo |
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