3.2.
RÉGIMEN NORMATIVO DE LAS AYUDAS
Artículo 3.--Régimen normativo de las ayudas.
El
otorgamiento de las ayudas en ejecución del Programa de
Desarrollo Rural de Aragón para los ejercicios 2000-2006
se regirá por el Reglamento (CE) 1.257/1999, del Consejo,
de 17 de mayo, sobre ayudas al desarrollo rural a cargo del FEOGA-Garantía,
por el Reglamento (CE) 1.260/1999, del Consejo, de 21 de junio,
por el que se establecen disposiciones generales de los Fondos
Estructurales, por el Reglamento (CE) 1.663/1995, de la Comisión,
del 17 de julio por el que se establecen las disposiciones de
aplicación del Reglamento (CEE) nº 729/1970 del Consejo,
en lo que concierne el procedimiento de liquidación de
cuentas del sector Garantía del FEOGA, por la normativa
presupuestaria de aplicación y por lo dispuesto en el presente
Decreto, a la que se sujetarán expresamente los diferentes
convenios que, en su aplicación, se celebren entre el Ministerio
de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma
de Aragón y los Grupos de Acción Local.