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3.2. RÉGIMEN NORMATIVO DE LAS AYUDAS

Artículo 3.--Régimen normativo de las ayudas.

El otorgamiento de las ayudas en ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Aragón para los ejercicios 2000-2006 se regirá por el Reglamento (CE) 1.257/1999, del Consejo, de 17 de mayo, sobre ayudas al desarrollo rural a cargo del FEOGA-Garantía, por el Reglamento (CE) 1.260/1999, del Consejo, de 21 de junio, por el que se establecen disposiciones generales de los Fondos Estructurales, por el Reglamento (CE) 1.663/1995, de la Comisión, del 17 de julio por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 729/1970 del Consejo, en lo que concierne el procedimiento de liquidación de cuentas del sector Garantía del FEOGA, por la normativa presupuestaria de aplicación y por lo dispuesto en el presente Decreto, a la que se sujetarán expresamente los diferentes convenios que, en su aplicación, se celebren entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad Autónoma de Aragón y los Grupos de Acción Local.

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